Micelio
Auto7 de septiembre de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Productos Rimar Ltda·Demandado Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones

Tema · dato duro
Conflicto Sobre El Sistema De Seguridad Social Integral De Trabajador Del Sector Privado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 39 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

La controversia se originó respecto el conocimiento de una demanda laboral interpuesta por la empresa Productos Rimar LTDA. en contra de Colpensiones, para que se cancelara de manera definitiva la supuesta obligación de la empresa con Colpensiones por concepto de aportes pensionales de trabajadores que, al parecer, nunca trabajaron con dicha empresa.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resolvió que la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y de la seguridad social es competente para conocer de las controversias relacionadas con la seguridad social de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado, sin perjuicio de si la entidad administradora es de derecho público o privado y de que la litis verse sobre un acto administrativo.

En ese sentido, si bien el conflicto versa sobre la posible nulidad del acto administrativo expedido por Colpensiones, la entidad demandante es una empresa de naturaleza privada y se debate un asunto de la seguridad social de posibles trabajadores privados.

Por lo tanto, de conformidad con la regla decisión expuesta, la Sala Plena concluye que la autoridad judicial competente para conocer la demanda sub examine es el Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá y, por lo tanto, ordenó remitirle el expediente para lo de su competencia y para que comunique la decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 39 Administrativo del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda laboral promovida por Productos Rimar LTDA. en contra de Colpensiones.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1726 al Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 39 Administrativo del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.